Actividad judicial del día 30 de marzo.
COVID-19 (Coronavirus).
Ante numerosas consultas recibidas a través del servicio de WhatsApp para magistrados y funcionarios es preciso aclarar que, hasta el momento, según el sitio oficial del Ministerio del Interior de la Nación el día 30 de marzo de 2020 es DÍA HÁBIL; por lo tanto para la actividad judicial rige el asueto con suspensión de términos, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan(Art. 1º Res. SCJ 386/20). El DNU del PEN Nº297/20 que en su art. 7 establece, por única vez, trasladar el feriado del 2 de abril al día martes 31 de marzo de 2020, nada dice sobre el 30/3.